La U.E tumba los "contratos encadenados" de la Sanidad

El 15 de Septiembre de 2016, se publicó una noticia en El Economista tras una sentencia de un Tribunal comunitario que rechazaba que se emplee al personal eventual para cubrir necesidades "permanentes y estables"

Por nuestra parte siempre formamos a nuestros alumnos con el legislación vigente tanto en documentación como en gestión sanitaria para que estén preparados ante este tipo de anomalías en la administración pública.

Seguro que alguna vez te ha sucedido, la media es entre 5 y 6 años y en algunos casos hasta 15 años consecutivos encadenando contratos. Si a ti no te ha pasado seguro que conoces a alguien.

La resolución es del Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea y fue promovida por una enfermera. Según esta sentencia la renovación de estos empleos de duración determinada par desempeñasr de modo permanente y estable funciones de la actividad normal del personal estatutario fijo es contraria al derecho comunitario. 

El Tribunal lo calificó en la sentencia como "abuso de la temporalidad" y que las necesidades no son provisionales sino permanentes y duraderas.

Por si alguna vez teneis que usar dicha legislación viene en la cláusula 5.1 del acuerdo marco sobre el trabajo de duración determinada de 18 de Marzo de 1999 de la directiva 1999/70, no es nada mas que la limitación de la sucesión de relaciones laborales de duración determinada.

Fuente: El Economista


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